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Isabelle

inquilino/a

contrato de alquiler
Buenos dias,
Arriendo un apartamento,me han hecho une contrato de 11 meses estipulando: llegado el vencimiento del contrato,este se prorrogara mes a mes,salvo que alguna de las partes comunique,con al menos de(30)treinta días de antelación la cancelación total del presente contrato. Soy una persona mayor y tengo pánico que me echen una vez cumplidos los 11 meses con la prorrogacion mes a mes,quiero decir que me echen cuando les de la gana. 
Muchas gracias por su respuesta
Un saludo Isabel
  • Preguntado por: Isabelle
  • Hace 5 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Victor G

    inquilino/a

    Añado a lo que dice Amparo que un contrato de "casualmente" 11 meses parece hecho intencionadamente para saltarse la Ley de Arrendamientos Urbanos. Existe el bulo de que haciendo un contrato de menos de un año se evita aplicarla y eso no es cierto. La LAU se aplica siempre que la vivienda sea domicilio habitual. Si el domicilio no es habitual (vacaciones, traslado, etc) entonces no aplica la LAU, y el contrato dura lo pactado.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si se trata de un alquiler vacacional, esa cláusula es correcta.
    Si se trata de su vivienda, y firma estos días (mientras esté en vigor el RD Ley del 5 de marzo) entonces tiene derecho a prórrogas hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 5 años.  Diga el contrato lo que diga.  Aunque conviene aclararlo para evitar malos rollos futuros.
    Exija también que renuncie (en el contrato) al art. 9 de la LAU. Así se asegurará usted la permanencia de 5 años.
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