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ppapy

inquilino/a

¿Contrato de cinco años de alquiler terminando el 1 Noviembre pero burofax enviado el 8 Octubre qué puedo hacer?
Hola, Amparo BB me ha dejado un respuesta en otro foro pero si alguien tiene un idea.
Al fin de Octubre la agencia me ha preguntado si yo quiero seguir en el apartamento y he dicho que sí, si el precio no cambia, la respuesta fue no, pero que debería pagar dinero para el contrato, no me han hablando de ningún burofax para dejar la vivienda. Ahora el 10/10 he recibo el burofax que dice:"...Cuando antecede, lo pongo en su conocimiento, con mas de un mes de antelación, según conversación mantenida con usted el pasado mes de Septiembre, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, a fin de que al vencimiento del contrato, el día de 31/10, se sirva proceder a dejar la vivienda, libre, vacua y expedita a disposición de la propriedad." y hoy en el mobil:"...recibirás un burofax...conforme finaliza el contrato...que no le asustes...es porque mi obligación tengo que enviarlo, pero que sepas que cabe la opción de poder renovar contrato nuevamente.
  • Preguntado por: ppapy
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (5)
manuel josé ha sido el primero en contestar
Juan ha sido elegida Mejor Respuesta
  • ppapy

    inquilino/a

    Muchas gracias a todos para vuestra ayuda.

    Le envió un cordial saludo.
    • Respondido por: ppapy
    • Hace 15 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Gracias Juan por contestar tan rápido.
    Ppapy, si lo dice Juan... no lo dudes. Te quedas 3 años más.
  • Juan

    profesional

    El artículo 10 de la Ley 29/1994 de arrendamientos urbanos obliga al arrendador a notificar al arrendatario -o viceversa-, al menos un mes antes de que transcurran cinco años de contrato, que no quiere renovarlo. Si este contrato finaliza el 31 de octubre, el arrendador tenía que haberlo notificado como muy tarde el 30 de septiembre, siendo ineficaz la entregada el 8 de octubre.

    La táctica de hacer referencia en una notificación tardía a conversaciones anteriores solo servirá al arrendador si el arrendatario reconoce no solo conversaciones anteriores imprecisas, sino que en esas conversaciones
    el arrendador comunicó de manera inequívoca su voluntad de no renovación y que todo eso ocurrió antes del día uno de octubre. A falta de ese reconocimiento del arrendatario, el arrendador tendrá que probarlo, pero no creo que pueda porque, si ya tuviera la prueba, no
    habría efectuado una comunicación tardía por burofax, sabiendo que es ineficaz (se supone que conoce el artículo 10 que cita).

    En consecuencia, el arrendatario podrá reconocer conversaciones acerca de mantener o modificar las condiciones del contrato, conversaciones
    en las que cada una de las partes pretendía mejores condiciones, pero llegado el uno de octubre sin haber tomado ninguna decisión, el contrato vigente se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales
    hasta un máximo de tres años más, obviamente en las mismas condiciones anteriores y sin necesidad de firmar ni hacer nada.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    Si el burofax te lo envió el 8 de octubre, le pasó el tiempo. Se prorroga el contrato 3 años más. No tienes nada que hacer. El arrendador debiera mandarte el burofax con acuse de recibo lo más tardar el 1-10 si el contrato termina el 1-11.- Llegó tarde. Tiene que esperar 3 años más para rescindirte el contrato y tú, como anteriormente, en cada anualidad o prórroga por burofax y acuse de recibo si quisieras rescindirlo. Sino, nada. Saludos,
  • manuel josé

    casero/a

    Te adj. el artículo de la LAU de 1994 que habla del tema:

    "Artículo 10. Prórroga del contrato
    Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
    Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido."

    Quiere hacerte un contrato nuevo.Saludos,
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