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El 1 de junio este año va a hacer 2 años. He firmado un contrato de 5 años, que se va renovando anualmente. Para abandonar el piso mi contrato dice que tengo que avisar con al menos 60 dias antes del cada año y de no ser asi se renovara automáticamente otro año mas.
la Ley de Arrendamientos Urbanos dice que tengo que avisar antes de cada renovación con un plazo de al menos 30 dias.
mi pregunta es la siguiente, tengo que avisar con 2 meses antes del 1 de junio (lo cual ya es imposible) o puedo usar lo que dice la lau. Qué prevalece en este caso?
muchas gracias y un saludo
Vale, pues si, puedes avisar con 30 dias de antelacion a la próxima renovación que no quieres seguir renovando el contrato.
Tu contrato es de un año, renovable hasta 5 a voluntad del arrendatario (o sea, tú, un clásico vamos). Lo que le vas a informar a tu casero es que no quieres seguir prorrogandolo y ahí, al ser la cláusula en tu contra, prevalece la ley.
Si la cláusula hubiera sido a tu favor, seria válida, pero no es el caso.
lo que dice el contrato es lo siguiente:
El presente contrato entrara en vigor el dia de su firma y tendra una duración de un año, desde el 1 de junio de 2010, momento en el cual comenzara a devengarse el pago de la renta, hasta el 1 de junio de 2011.
Llegada la fecha de vencimiento del plazo pactado, éste se prorrogará obligatoriamente para el arrendador y potestivamente para los arrendatarios por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración de 5 años, salvo que el arrendatario manifieste al errendador de manera fehaciente y por escrito, con 60 dias de antelación, como mínimo a la fecha de terminación del contrato o cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Bueno en realidad siempre prevalece la ley, que me expresé mal. Pero lo que dice Pablo seria por si fuera un contrato de 5 años y no uno renovable hasta 5.
Pgsm tiene razón, son 30 dias antes de la finalizacion del contrato o cualquiera de sus prórrogas, pero tu contrato de que es, de un año prorrogable hasta 5 o de 5 años?
si es de un año prorrogable hasta 5, lo que prevalece siempre es la ley.
Gracias Paolo,
No me queda claro ya que según la ley y copio textualmente:
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día de vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
te señalo en negrita que los 30 dias también se aplica a cualquiera de las prorrogas
Gracias!
Espera espera, no mezcles cosas.
la lau dice que tienes que avisar 30 dias antes del final de contrato; no de cada año.
como tu contrato es de 5 años, podrias avisar con 30 dias antes de los 5 años; pero no de cada año.
aun asi, la clausula de los 60 dias, te permite irte al final del 1Er, 2O, 3Er y 4Rto año, avisando con 60 dias. Es una cláusula válida.
al no haber avisado antes del 1 de abril, tu contrato ya se ha renovado hasta el 1 de junio del 2013.
aún asi, habla con el casero, es probable que acepte una indemnización de 15 o 30 dias a cambio de avisarle dos semanas tarde.
si llegais a un acuerdo, Dejadlo por escrito; nada de emails ni llamadas, que luego no sirven de nada.
recuerda el dia de la entrega de llaves, firmad un documento de final de contrato.
pablo.