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Mi contrato con el propietario es exclusivo del piso. Estoy pagando 50€ a la Comunidad pero sin contrato alguno, por solidaridad, pero ahora me piden que entre en la rueda de vecinos para fregar la escalera. ¿Tengo que hacerlo? Gracias
hola soy propietaria de un piso, y cual fue mi sorpresa que mi inquilina tenia que limpiar la escalera, y yo me puse como una china pues que hacen ellos, los de la comunidad que se le esta pagando todos los meses 50 euros por cada vecino, yo eso no lo entiendo, pues creo que si tengo el piso en alquiler los inquilinos no deben culpa de que los demas no paguen, y por eso se para un ascensor y se quitan la señora de la limpieza, pues es un gasto mas a la comunidad.
Hay dos cuestiones que deben tratarse por separado y de manera independiente, a saber:
Respecto al primer punto, imaginemos que yo vivo en un piso de alquiler que me ha puesto y paga mi empresa. Es evidente que yo no he de correr con ningún gasto extra que tenga la comunidad donde se encuentre dicha vivienda ni, a falta de pacto al respecto, ninguna labor u otra exigencia, como limpieza de elementos comunes, recorte de setos, riego de macetas, etc. La normativa interna y los estatutos pueden obligar al inquilino, pero con ciertos límites.
Un problema llega cuando el propietario es una persona jurídica, de manera independiente de quién ocupe el piso. Si hay turnos de limpieza, es evidente que la persona jurídica no va a participar de estos turnos, y es de esperar que el que lo ocupa tampoco participe. Algo muy similar ocurre cuando el propietario alquila la vivienda habiendo turnos de limpieza y sin haber pactado nada al respecto en el contrato con el inquilino.
Como ya han apuntado otros, en responsable último de estas cuestiones (pago de la cuota comunitaria, derramas y otros menesteres) es el propietario real del piso o vivienda.
Mi consejo: si en tu contrato no se indica nada, NO pagues los gastos comunitarios NI limpies nada, desde el punto de vista que NO tienes la obligación jurídica/legal de hacerlo. La solidaridad está muy bien, pero para las personas que la necesitan, no para ahorrar a las comunidades de propietarios.
Saludos y suerte
Cuando un inquilino paga gastos de comunidad en ellos se incluyen los gastos exteriores al inmueble, ascensor, luz de escalera, derecho a piscina si la hubiere, reformas, limpieza etc. excepto que en el contrato de arrendamiento indique lo contrario
A pesar de que la ley, segun indican expertos como Jan o PHOLMO, parece decir lo contrario, yo opino que lo lógico si hay una rueda de vecinos que limpia la escalera, es entrar en ella como un vecino más, ya que tu eres el que vive ahí, y ensucias como los demás.
En mi caso he limpiado la escalera en mi turno desde que estoy de alquiler, no se si es mi obligación legal o no, pero considero que ayuda mucho a una convivencia normalizada con el resto de vecinos, y a que no se vea a los inquilinos como bichos raros.
Buenos dias Shesha:
Entiendo que tu contrato sea exclusivo del piso, todos los inquilinos lo tienen, pero en él debe figurar los gastos generales del piso como IBI, basuras y comunidad. Estos impuestos son obligatorios por parte del propietario y deberá especificar en el contrato cuales estás obligada a pagar y cuales estás exenta de hacerlo. Si el propietario no lo expecifica en el contrato, él deberá tener la obligación de asumir dichos gastos y en este caso el compromiso de limpiar la escalera ya que él es el responsable de hacerte cumplir los estatutos de la comunidad. Si no se llega a un acuerdo entre el propietario y el inquilino sobre la limpieza de la escalera deberá ser el propietario quien resuelva la situación ya que es él el que tiene el compromiso con la comunidad. Se sobreentiende que cuando aceptas el contrato también aceptas las normas de la comunidad a la cual vas a acceder pero la obligación del propietario es velar por dichas normas. Así que es un tema que deberías tratarlo con tu casero y llegar a un acuerdo.
Por otro lado decirte que si voluntariamente has decidido pagar 50€ a la comunidad por solidaridad, como especificas, o simplemente para no tener problemas con ella ya que eres la que resides en la vivienda y eres la que disfrutas de los beneficios de la comunidad, con ese acto especificas con contrato verbal a aceptar los estatutos de la comunidad y generas un compromiso con dicha comunidad. Así que si no resuelves el problema rápidamente con el propietario, estarás en la obligación de entrar en la rueda de limpieza ya que, a parte del compromiso que has adquirido con el propietario, tú has adquirido, de forma voluntaria, el compromiso que posee el propietario con la comunidad y de esta forma adquieres todas las obligaciones que tiene tu casero respecto a la comunidad.
Como dije anteriormente, es un problema que deberias resolverlo con tu casero en la mayor brevedad posible y asumir que si el propretario se acoge de que voluntariamente has admitido los gastos de comunidad te verás en la situación de cumplir el compromiso que has adquirido por tu cuenta con la comunidad.
buenas, referente a tu pregunta, en mi comunidad pagamos 30 e de comunidad para gastos de luz y agua, pero creo que tambien puede ser tu caso, que aunque des 50 e de comunidad no haya lo suficiente, como para pagar los servicios de una empresa de limpieza.Aqui en mi bloque, nadie esta obligado a limpiar, pero algunos vecinos limpian y otros no su parte.Por lo que no tienes porque limpiarlo, yo alguna que otra vez he limpiado mi parte, por lo menos mi planta y algunas estan como tienen que estar limpias,haya cada uno lo que haga con la parte que le toca.Un saldo
Entiendo que estás pagando esos 50€ por fuera de tu renta de alquiler para cubrir los gastos derivados de la escalera, tales como: mantenimiento, luz, basuras, etc... entre los que se encuentra la limpieza... Con lo que entiendo que el pago de la limpieza lo cubres con tu aportación, por lo que no entiendo el porque tenéis que hacer rueda de vecinos para limpiar tu descansillo... En ese caso, se debería descontar lo que cobra la persona que limpia de esos 50€, porque si no me parece muy elevado el pago de la Comunidad solo por lo demás. Saludos.
Y por cierto tú cotrato como dices será verval, pero vamos que eso es papel mojado, con lo cual sino hay nada por escrito, no te pueden obligar la COMUNIDAD A NADA, QUE SE ARREGLAN ENTRE LOS PROPIETARIOS DE LA COMUNIDAD, no eres propietaria, con lo YO NUNCA LO HARÍA.
Hola Shesha:
Tú no eres la propietaria del piso, quien lo debe de hacer es tu casero, el se tiene que entender con los PROPIETARIOS DE LA COMUNIDAD. Tú bajo ningún concepto lo hagas, tu estás en alquiler, no eres PROPIETARIA.
A mí me la intentaron meter hace tiempo sacando los cubos de la basura, que en Madrid se sacan y meten, y DIJE QUE NO, SIN DAR EXPLICACIONES.
Pda: Bastante que pagas la comunidad que tampoco te correspondería.
Yo no me aclaro,Primero dices "mi contrato con el propietario..." y a continuación "..pero sin contrato alguno"En qué quedamos ¿tienes contrato?¿pone algo referente a los gastos de comunidad?¿pone algo referente a la conservación y mantenimiento?
CON LO FÁCIL QUE ES PONERLO TODO POR ESCRITO Y CLARITO
No, corresponde los gastos de comunidad, incluido la limpieza de escalera, al propietario, salvo que existiera ese pacto en el contrato de arrendamiento, que no parece ser el caso.
No pagues gastos, ni limpieza.
Hola
Contestando a tu pregunta, te voy a decir lo que haría yo, como consejo...
Punto 1.Si en el contrato no iienes especificado lo del pago de 50 euros, yo no los pagaria a menos de que lo hayas pactado verbalmente con el dueño del piso (tienes que tener palabra y cumplirlo) o a menos de que te sobre la pasta...
Punto 2. En cuanto a limpieza, te tiene que dar igual si se ahorra o no la comunidad, simplemente fijaté en que tú no disfrutas la suciedad y hazlo, ya que tienes que ser consciente de que sea más o sea menos, eres tu el que ensucia.
De todas formas , el tiempo que tardas en hacerlo es tuyo y nadie tiene que decidir por ti, pero tampoc creo que sea tanto.
Un saludo
Hola:
Aunque habián solicitado mi intervención, la misma ya carece de sentido, pues coincido con la respuesta de mi compañero PHOLMO.
Un cordial saludo
El señalamiento de turnos rotativos de limpieza de elementos comunes entre los condueños en propiedad horizontal puede ser acordado en Junta y es perfectamente eficaz y exigible, siempre que el acuerdo por el que se instauró lo sea.
Sin embargo ese acuerdo no puede ser trasladado sin más al inquilino de una vivienda, máxime si no aparece especificado como tal en el contrato de arrendamiento, por lo tanto quedaría subsistente para el arrendador, la obligación de limpieza por turnos.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Yo entiendo que cuando entras a vivir en una comunidad, ya sea como inquilino, ya sea como propietario, se tiene la obligación de respetar los estatutos y las normas que dicha comunidad tenga establecidas. No se trata de quien paga, o no paga, (Normalmente se hacen los contratos de alquiler con los gastos de comunidad incluidos, porque el responsable último siempre es el propietario, y a quien van a embargar el piso si no se pagan dichos gastos siempre será al propietario), se trata de respetar, como si dijéramos las leyes de dicha comunidad, y las tiene que respetar todo aquel que viva en ella.