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Buenas tardes, puedo hacer un contrato de alquiler para 2 años ó 18 meses? hay alguna manera de estipularlo que sea legal?
gracias
La duración del contrato será la que libremente pacten las partes, por lo que efectivamente puede suscribir un contrato de 18 o 24 meses. Ahora bien, si el piso arrendado va a constituir la vivienda habitual de sus inquilinos, éstos tendrán derecho a que su contrato se prorrogue por plazos anuales hasta alcanzar un mínimo de cinco años.
Estas prórrogas son forzosas para el arrendor, y sólo podrían denegarse por necesidad de la vivienda para uso propio o de familiar directo, debiendo constar esta posibilidad debidamente en el contrato.