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¿Es obligatorio legal promoverlo en español o inglés?
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Supongo que los motivos que expones, k4rlangas, te los sacas de donde te apetece.
Ley 1/1998 de 7 de Enero de P0lítica Lingüística.
Los documentos civiles y merc4ntiles.
1. La lengua no es requisito de forma de los documentos privados. Por lo tanto, son válidos los redactados en cualquier idi0ma, sin perjuicio de las traducci0nes que las Leyes civiles, mercantiles o procesales exijan para su ejecución en caso de que el idi0ma no sea oficial en k4taluña.
2. Los documentos privados, contractuales o no, cualquiera que sea su naturaleza, redactados en cualquiera de las dos lenguas oficiales en C4taluña son válidos y no requieren traducción alguna para exigir judicialmente o extrajudicialmente su cumplimiento en el ámbito territ0rial de C4taluña
En resumen, que si se hubiera hecho en 1nglés se tendría que traduc1r en caso de conflicto pero, oh sorpresa, si hay que acudir a juicio, no hay que traduc1r el contrato al castellano, por mucho que la ley se haya escrito en castellano. De hecho, me sería muy difícil de imaginar una traducción de la LAU ( o de cualquier otra ley) del castellano al c4talán, donde no se pudiera transcribir el significado 0riginal. Ahora bien, dices que "por legislación" se debía haber hecho en españ0l. Me puedes dar la referencia legislativa en la que te basas? Porque por mucho que la estoy buscando no me aparece por ninguna parte.
Asi mismo, me encantaría que los motivos en cursiva me los justificases legalmente.
Te tengo en alta estima por tus comentarios e intervenciones en esta w3b, pero ésta no será una de ellas. Decir que se "hubiera agravado al traducir del c4talán al inglés" me parece de una absurd3z inconcebible, y de un f4scism0 grave. En ningún momento se te ocurre que se podría traducir del españ0l al c4talán y del españ0l al inglés? ABSURD0 y demuestra muy poco conocimiento sobre el puebl0 c4talán y su idi0ma.
Georgina:
Por los textos que ha escrito aquí, podemos afirmar que: usted se desenvuelve con cierta soltura en español y que el hecho de que el contrato se haya firmado, sólo en catalán, le resulta incómodo, en mayor o menor grado. Antes de firmar los dos ejemplares del contrato, usted debió asegurarse de que entendía, perfectamente, lospactos.
Quien gestionó la confección del contrato demostró muy poca sensibilidad ante un arrendatario británico, que es, a la vez, su cliente.
Apelar aquí, a lo legislado, para decidir el idioma del contrato, me parece buscar la ¿perfección? en un tema en que, lo perfecto es enemigo de lo bueno. Este contrato debió firmarse en doble idioma: español e inglés. Por lógica y por legislación, la (choice of language clause) cláusula de elección de idioma, debió establecer el español.
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y ello, por los siguientes motivos:
--la lengua (español) de radicación de la jurisdicción, debe prevalecer sobre el idioma escogido para regir el contrato elaborado en otro idioma (inglés),
--la lau nació en español, tener que verter al catalán, dependiendo de la su pericia, el traductor, ha podido desviar el significado real del texto,
--de haberlo hecho en catalán e inglés, se hubiera agravado: al traducir del catalán al inglés, de nuevo, se puede desviar el significado real del texto inicial de la lau,
--porque Georgina se desenvuelve, con cierta soltura en español y
--porque para el arrendador -Que seguramente domina el español- no habría sido ningún problema.
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sin duda, el uso de dos idiomas aumenta la dificultad al confeccionar el contrato. la traducción de textos jurídicos, no puede hacerse únicamente consultando un diccionario. Hay, subyacente, en cada expresión del derecho, un concepto, una idea según el sistema jurídico español, que puede no tener correlación exacta con el sistema y la idiosincrasia de la Gran Bretaña.
georgina: say with me: awkward country
karlangas.
23. 11. 2011
Parece ser q no solo hay cazurros en la españa profunda.
Pero como va a ser obligatorio traducirlo a un idioma q no es ni oficial en españa, como sería el inglés.
Da la casualidad que el idioma oficial en catalunya es el catalán, y el uso de una lengua co-oficial está permitido no solo en la comunidad autónoma de la lengua, sino en todo el territorio español
En fin
No.
Pero tampoco era obligatorio que ustedes lo firmaran si no lo entendían.
yo desde luego lo habría hecho traducir antes de firmar nada.
supongo que ya han firmado ¿No? Con lo cual es tarde para cualquier cosa que no sea saber a qué se han comprometido.
saludos - Papeleos Alquiler.