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He visto un piso de alquier que me gusta. Pertenece a una promotora y me pone de condición que yo tengo que pagar la parte del seguro de hogar que se refiere al contenido, pero el piso esá vacío y los muebes serían míos.¿ Tengo obligación de pagarlo?
como bien dice eduardo legalmente no es obligatorio , pero es una condicion que pone la propiedad, puedes aceptarla o no, y se debe de plasmar en contrato, es muy recomendable tener un seguro de hogar por continente y contenido ( en un incendio por continente cubriria los daños al piso pero no los muebles, con continente lo tendria cubierto)
mas que un incomveniente le veo una ventaje por que si usted tiene un seguro y ademas la propiedad paga parte, eso que se ahorra.
eso si una vez firmado el contrato si no se hablo o sepacto nada sobre seguros, no es exigible a posteriori.
completamente de acuerdo con el anterior comentario... si quieres el piso, a pasar por el tubo. Si no quieres pasar por el tubo, pues buscate otro piso. Es lo que hay..
De todos modos, nunca va mal tener un seguro del piso aunque este sea de alquiler, pues siempre va bien por si hay algun accidente o robo, escape de agua, o lo que sea, pues estas cosas pasan tanto en los pisos de propiedad (donde seguramente te harias un seguro), como en los de alquiler..
;-)
No se trata de una obligación legal, sino de una condición qu exige una de las partes. Si usted no acepta, ellos no le alquilan a usted el piso. Aparte de que el contenido cubre puertas, marcos, ventanas y otros elementos además de los muebles.