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Jorge de Alfonso Ros

inquilino/a

¿Cuánto me pueden subir el alquiler por haber renovado la fachada? Somos inquilinos de 65 y 64 años de edad
Somos inquilinos de 65 y 64 años de edad. La comunidad aprobó la renovación de la fachada aprovechando la subvención del gobierno autonómico.

¿Cuánto puede subir el alquiler?
  • Preguntado por: Jorge de Alfonso Ros
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Ramon Ruiz ha sido el primero en contestar
Ramon Ruiz ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Jorge,

    Qué rabia me da que se haya perdido mi primera respuesta. La publicada era la 2ª parte de la respuesta principal.

    Te decía que yo también tengo más de 65 años, pero me parece que eso es irrelevante.

    La LAU concede al casero el derecho a subir la renta en función de lo que le cueste la mejora, siempre que el inquilino lleve más de 5 años. Supongo que es tu caso.

    Del costo de la mejora (si fuese puro mantenimiento de la fachada existente, no cabría aumento de renta) hay que descontar las subvenciones recibidas. El resultado repartirlo entre los componentes de la comunidad, de acuerdo a coeficiente, y así se obtendrá lo que ha de pagar tu casero.

    La LAU permite subir la renta, aplicando a esa cantidad, hasta 3 puntos más que el interés legal del dinero.

    Suponiendo que el inerés legal fuera del 3% ( no conozco el dato), el interés máximo que tu casero podría aplicar al coste habido, sería el 6% anual. Eso signiifica un 0,5% mensual.

    Volviendo a inventarme una cifra, supondré que la mejora le ha costado a tu casero 10.000 €. Entonces, el aumento mensual podría ser hasta del 0,5% de 10.000; esto es, hasta de 50 €.

    Con la limitación, ya publicada, del 20% de la renta que pagas ahora. Ej.: Si pagas 300 € mensuales, no te puede aumentar más de 60, aunque la operación anterior diese un resultado mayor

    Espero haberte ayudado

    Ramón Ruiz
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Jorge,

    Debo añadir, a mi respuesta anterior, que el aumento que te practiquen no debe superar el 20 % de la renta que estás pagando.

    Si estás pagando, por ejemplo, 400 € mensuales, no te pueden subir más de 80 €, en ningún caso.

    Saludos!
    Ramón Ruiz
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