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Victor

inquilino/a

artículo 11 desistimiento

El artículo 11 permite al inquilino desistir del contrato y pagar una indemnización por los meses restantes habiendo sido pactado por ambas partes. Si esto no ha sido incluido en el contrato, es decir no hay mención ninguna al desistimiento, ¿habría que pagar el alquiler anual íntegramente? En mi contrato pone "el tiempo de duración del presente contrato,estando ambas partes de acuerdo, es de un año desde el día 12/06/2014. Dicho periodo será pprorrogable conforme establece la ley"

  • Preguntado por: Victor
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    No, si nada se dice se entiende que el arrendatario tiene derecho a desistir SIN PENALIZACIÓN ALGUNA.
    Un saludo
    www.desalvador.es
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