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PATTA

inquilino/a

Si mi arrendador (corredora) no me permite pagarle el alquiler por medio de transferencia electronicas

Quien es el que debe acerscarse "el arrendador ( corredora) a cobrar" o "el arrendatario (yo) a pagar".

ya que debido a mi trabajo de lunes a domingo no me puedo acercar ya que salgo alas 20:00 hrs y ellos trabajan hasta las 19:00. Hrs.

 

  • Preguntado por: PATTA
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si estamos hablando de un arrendamiento en España, hay que atenerse a lo que pactárais en el contrato.

    si en el contrato no se especificó, lo que la ley estipula está en el artículo 17-3. "El pago se efectuará en el lugar y por el procedimiento que acuerden las partes o, en su defecto, en metálico y en la vivienda arrendada. "

     

    saludos - Papeleos Alquiler.


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