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Estoy a punto de poner en alquiler una vivienda que también funciona como academia y se alquila como negocio. Agradecería aclaración en los siguientes temas:
- Si en el contrato se especifican las condiciones del alquiler respecto a tiempos de pago, si se incumple ¿Puedo directamente rescindir el contrato y pedir que se vallan o tengo que esperar algún tiempo?
- ¿Y si no se van?
- Si después de llevar 2 ó 3 años quiero volver a recuperar mi propiedad ¿que tendría que poner en el contrato ahora para que esto fuese posible?
- Si hubiera el compromiso de no vender la propiedad en los primeros 3 años, pasado este tiempo, ¿seria posible vender la propiedad dándoles a los inquilinos la primera opción a compra, si así se hubiera especificado en el contrato?
Muchísimas gracias,
- La Ley aplicable a locales es la de Arrendamientos Urbanos, pero tiene una regulación distinta para viviendas que para locales. Básicamente en locales hay libertad de pactos, por lo que aún es más importante que en las viviendas la correcta redacción del contrato.
- Si se incumplen los pagos y no se marchan voluntariamente tendrá que acudir a un juicio de desahucio.
- Para recuperar la propiedad del local tiene que establecer un plazo en el contrato.
- Puede vender cuando quiera, y si los arrendatarios están dentro tendrán derecho de adquisición preferente (igualando la oferta de un tercero, compran ellos).