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Buenas tardes,
Por motivos laborales, me traslado de provincia por 9 meses. Al ser un periodo tan corto, seguiré empadronado en mi domicilio habitual.
Una de las agencias, me ofrece hacer un contrato por temporada y me indican que el pago mensual debe realizarse mediante transferencia a la cuenta bancaria del propietario.
¿Existe alguna cláusula o artículo donde se indique a quién debe realizarse el pago del alquiler o puede ser pactado libremente entre las partes? ¿La fórmula que me ofrecen sería correcta?
También me interesaría conocer si este tipo de alquiler podría desgravar en la Declaración de la renta.
Gracias por la ayuda,
terelopez12 Usted no debe redactar ningún contrato,lo que sí debe hacer es contrastar bien ese contrato que le presentarán antes de alquilar,ni pagar nada,hasta que lo tenga muy claro.Le vendría bien leerse el "decálogo del inquilino"
Muchísimas gracias Jan Abogado!
Es la primera vez que hago un contrato de este tipo. Te agradezco que hayas resuelto mis dudas,
un cordial saludo,
Hola tere:
1. El alquiler debe ser pagado al arrendador.
2. La fórmula es correcta.
3. No, no puede desgravarlo.
le sugiero que el contrato sea redactado por un/a abogado/a experto/a en arrendamientos urbanos y que lea el sigueinte enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.