El pago de una renta no presupone el pago de las rentas anteriores. Cada renta debe ser pagada y tener el documento que lo acredite. Se lo podrá reclamar e incluso presentar el desahucio por falta de pago. Solo si se produce prescripción de la acción podrá Vd., alegarla, para eximirse del pago, pero el plazo es largo.
Ante el riesgo de encontrarse frente a un desahucio, le sugiero que intente ponerse al corriente del pago de las rentas, incluso las atrasadas.
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