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La dueña del local que alquilo ha decidido subir el IPC desde Agosto y ahora me reclama la subida desde Agosto hasta Diciembre incluidos.
EL contrato esta firmado en Agosto y no me había notificado la subida, es mas, de palabra dijo que no iba a subir.
Tengo que abonar retrospectivamente Agosto, Sept, Oct, Nov y Diciembre? Hay algún plazo legal para determinar si se sube o no o ley que dictamine que me tenía que haber informado por escrito?
Gracias!
Debe informarte de la subida por escrito y solo te podrá cobrar desde el momento de esta notificación, nunca con carácter retroactivo.
Si puede subírtelo en cualquier momento siempre y cuando haya cumplido el año, pero se deberá calcular de fecha a fecha de contrato, en su caso, de Agosto de 2011 a Agosto de 2012