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la primera clausula del ultimo contrato, (ley30-IV-1985) dice que este contrato queda expresamente excluido de la prorroga forzosa y que transcurrido el plzo convenido (no indicado) se considerará prorrogado mes a mes por un espacio tampoco indicado.Los erederos se basan en este articulo para revocar el contrato y exigirme la firma de un contrato de nueva factura ,con aumento sustancial de las mensualidades y cargos fiscales
Su contrato pertenece al decreto boyer, debería acudir a un abogado especializado en arrendamientos para un asesoramiento completo.
De entrada no firme nada hasta que un abogado lo revise todo.
Le aconsejo que le haga una consulta a PHOLMO.
El tema no es tan fácil como para ser respondido en un foro.