Hola Carmen:
Coincido con la respuesta del Sr Piscis tres. La transmisión del dominio únicamente se realizará a través de la adjudicación de la vivienda a la entidad acreedora, momento a partir del cual ésta deberá comunicarla a usted que es la nueva parte arrendadora.
Reciba un cordial saludo.
http://letradosalquileres.es.tl/