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Matrimonio rumano, ella trabaja sin contrato, él en el paro, no presentan D.N.I y tienen aval bancario, no sé si tiene renta.
Jurídicamente no hay ningún problema en celebrar un contrato de arrendamiento con un extranjero que no tiene permiso de residencia y trabajo, pues éste tiene capacidad para contratar.
Eso sí, debe tomar todas las precauciones posibles ante un posible incumplimiento de sus obligaciones por parte del inquilino. Entiendo que tendría que solicitar un aval bancario a primer requerimiento de una cuantía suficiente para garantizarse el cobro de las rentas arrendaticias
El problema en este caso, más que en la documentación, está en la solvencia y en la localización de los posibles futuros inquilinos.
Piense que aunque posea un aval bancario, si estos inquilinos dejan de pagar el alquiler y desaparecen, se verá obligado a un largo procedimiento de desahucio, tras el cual es casi seguro que no cobrará ni un euro de la deuda. Y teniendo en cuenta la lentitud de la justicia, pueden pasar muchos meses sin que pueda disponer del piso, siendo lo más probable que el importe del aval no alcance a cubrir ni de lejos todos los gastos generados.