Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Suscribí el contrato el 1 de noviembre de 2009. en noviembre de 2010 se entendió prorrgado automáticamente otro año. Si quiero extinguirlo a 31 de enero de 2011 y preaviso con 30 días de antelación, ¿la propietaria me puede exigir el pago de la renta hasta que se cumpla otro año de vigencia del contrato?
Si el contrato es de un año se prorroga de año en año y se puede rescindir antes de que se prorrogue comunicando 30 dias o más ANTES de que finalice cada anualidad o prórroga mediante burofax con acuse de recibo y certificación de texto. Si espera a 31 de enero de 2011 sería incumplimiento de contrato y si le demandan muchos gastos.
Si el traslado de ciudad ES FORZOSO pudiera ser causa justificada para un juez pero previamente debería comunicar el motivo al arrendador por burofax con acuse de recibo. Tiene que ser forzoso, no voluntario por haber solicitado usted el traslado. saludos,