si tu casero no te aviso con 30 días de antelación a la finalización de los 8 años su intención de no renovar te encuentras en lo que se denomina tacita reconduccion,que consiste en el nacimiento de un nuevo contrato de arrendamiento una vez que ha concluido el contrato de arrendamiento vigente y su duración es de
Un año si en el contrato primitivo se fijo el alquiler de forma anual: Ejemplo de ello es cuando en el contrato se estableció algo como la renta pactada por las partes asciende a la cantidad de 7200 euros anuales, pagaderos por mensualidades anticipadas a razón de 600 euros mensuales. Aunque la forma de pago sea mensual, el arrendamiento se fija por periodo anual y por tanto la duración del nuevo contrato será de un año.
Un mes si en el contrato primitivo se fijó el alquiler de forma mensual: Ejemplo de ello es cuando en el contrato se estableció algo como la renta pactada por las partes asciende a la cantidad de 600 euros mensuales, a pagar en los && primeros días de cada mes. En este caso la duración del nuevo contrato será mensual.
Un día si en el contrato primitivo se fijó el alquiler de forma diaria: Ejemplo de ello es cuando en el contrato se estableció algo como la renta pactada por las partes asciende a la cantidad de 20 euros diarios. En este caso la duración del nuevo contrato será por un sólo día.
https://www.abogadosparatodos.net/tacita-reconduccion-en-el-alquiler-o-arrendamiento/