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Maria Olga Ventura

inquilino/a

Incumplimiento de contrato
Hola. Llevo desde 2005 viviendo en un piso de alquiler. Teníamos ascensor, portero, vigilante por la noche, seseñora de la limpieza diaria y desde hace unos años nos lo han quitado sin explicación alguna. Queda rescindido el contrato  por incumplimiento de la propiedad? Tengo a mi madre con 86 años enclaustrada en casa por no poder bajar y subir las escaleras, lo que le está suponiendo depresión y desorientacion al no tener contacto con el exterior.
  • Preguntado por: Maria Olga Ventura
  • Hace 6 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (21)
nacho ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • usuario eliminado

    Pues eso ya dependerá de las condiciones que se le den al arrendatario para denunciar el contrato de forma pacífica inmediatamente. 
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 6 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pero en este caso concreto, con un contrato en tácita reconducción... coincidiréis en que no vale la pena emprender acciones...  Si esto fuera USA igual sí... pero ESTO... es España
  • MariaBarroso

    inquilino/a

    Nacho, no crei que fueras de ese tipo de personas que necesitas de la aprobación de terceros para dar por cierto lo que otros te dicen. En fin...
  • nacho

    nacho

    casero/a

    ni me interesa que me lo expliques, con la respuestas de pholmo me sirve
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • MariaBarroso

    inquilino/a

    Nacho, si usted mismo dice que el arrendador alquilo el inmueble con unos servicios, y años más tarde se suprimen dichos servicios, si realmente es usted incapaz de ver incumplimiento de contrato ahi.... no tengo tiempo suficiente para intentar explicarselo
  • nacho

    nacho

    casero/a

    El propietario alquilo el piso con ascensor y los otros servicios, tras varios años suprimen dichos servicios por la razón que sea, donde esta el incumplimiento de contrato por parte del arrendador.La inquilina lleva desde 2005 y es libre de rescindir el contrato a la finalización de cada anualidad
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Es un tema en el que evidentemente faltan datos para poder dar una respuesta correcta. Por una parte si el contrato lleva trece años, cabe entender que se encuentra en tácita reconducción y, en tal caso habría que saber si esa reconducción es mensual o anual, cuestión importante, como ahora intentaré justificar. Efectivamente el arrendador tiene obligación de proporcionar al inquilino el disfrute pacífico de la vivienda arrendada y, desde luego, la carencia de un servicio tan necesario como el ascensor o la limpieza de elementos comunes, puede ser causa suficiente para solicitar la rescisión del contrato con indemnización de daños y perjuicios, sea o no responsabilidad directa del arrendador, éste en todo caso podrá reclamar a la Comunidad, por ese motivo. Sin embargo si el contrato se encuentra en reconducción mensual el casero podrá darlo por terminado con preaviso de treinta días y evitará lo anterior. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 6 años
  • MariaBarroso

    inquilino/a

    De acuerdo con Carlos. Si ante un incumplimiento de contrato, la solución es renunciar a nuestros derechos, mejor no hacer ningún contrato y que los caseros hagan lo que les de la gana con nosotros, ya de paso
  • marta

    inquilino/a

    Estoy de acuerdo con Carlos. No entiendo como alguien puede defender que ante un claro incumplimiento de contrato como éste la mejor opción es esperar a que se cumpla la anualidad para salir de la vivienda.
    • Respondido por: marta
    • Hace 6 años
  • usuario eliminado

    Nacho, si tiene algún otro argumento puede libremente exponerlo, pero no vaya de víctima que aqui no ha faltado el respeto nadie. Si se queda sin recursos o argumentos busques otros
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 6 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Carlos me parece muy bien que no este de acuerdo con algunas respuestas, pero faltar el respeto,eso no y no lo digo por mi si no por la respuesta dada Pdc
    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
  • andrea

    casero/a

    Estoy de acuerdo con Carlos. Es más que obvio que la respuesta de Nacho NO es del todo correcta, cuando el arrendador tiene el problema de que ha pactado unas condiciones de arriendo que evidentemente no está cumpliendo.
    • Respondido por: andrea
    • Hace 6 años
  • usuario eliminado

    PdC ha entendido usted las cosas a medias.Espero que profesionalmente tenga mejores entendederas
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 6 años
  • PdC sociedad inmobiliaria

    PdC sociedad inmobiliaria

    profesional

    Buenos días, La exposición de Nacho es del todo correcta. El hecho de que la comunidad de propietarios reduzca servicios no habilita al arrendatario de una vivienda a rescindir el contrato salvo que esos servicios aparezcan reflejados en el mismo. Cosa distinta es que, efectivamente, la mejor opción parece que sería desistir del contrato.
    Un saludo
  • usuario eliminado

    Y tú también le has contestado esos problemas son ajenos a él refiriéndote al arrendador. Y esos problemas, Nacho, no son ajenos al arrendador 
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 6 años
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