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Hola!
Soy una inquilina que comunicó a la propietaria mediante carta certificada, hace mas de un mes, la intención de rescindir el contrato 3 meses antes de cumplir el año, según establece la nueva ley de arrendamientos que estipula una rescisión del contrato con indemnización. Anteriormente, ya le había comunicado por teléfono mi intención de irme y del envío inminente de esta carta.
La propietaria no se quiere dar por aludida y de hecho, ya ha llegado la carta de vuelta porque no ha ido a recogerla al saber de qué se trataba.
Ante esta situación, ¿Qué hago con las llaves al abandonar el piso? y ¿En que me afecta el hecho de que no haya recogido la carta?; ¿Sería conveniente dejar las llaves y la carta de rescisión y de indemnización, que le corresponde, en la agencia intermediaria en la firma del contrato?
Gracias por anticipado.
Un saludo.
Hola Marta:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo.
Reciba un cordial saludo.
Ante todo subrayar que la 'nueva ley' no afecta a su contrato y por lo visto su casero no está dispuesto a admitir el desistimiento anticipado por su parte con lo cual podrá exigirle el pago de esos tres meses que faltan por cumplir.
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