Buenas tardes, E.L.
En relación con tu consulta, simplemente decir que es domingo, 26 de julio y que los profesionales que intervenimos en el foro lo hacemos gratuitamente, simplemente para ayudar, utilizando para ello nuestros ratos libres.
En condiciones normales, y si no existiera este servicio, tendrías que ponerte en contacto con un abogado para que te resolviera las dudas.
En cuanto a tu caso, señalar que la respuesta sigue la norma de siempre:
1) Reparación por mal uso o pequeña reparación, corresponde al arrendatario. 2) Gran reparación, corresponde al arrendador.
Como es difícil establecer la diferencia, los tribunales suelen entender que es una pequeña reparación cuando no excede de 150 ?. Si el combi se ha estropeado por culpa tuya, tienes que pagarlo tu con independencia del importe.
Espero que te ayude y, la próxima vez, tengas más paciencia al usar el foro.
Gracias.
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