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Queria saber si por ley tengo obligacion de esperar a que se complete la anualidad o puede dejar el piso en cualquier momento con un preaviso. Y en ese caso si tengo alguna penalización por dejarlo antes.
Hola isdeu:
en el siguiente enlace encontrará más información sobre la duración de su contrato de arrendamiento:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
No obstante, siempre podrás planteárselo directamente al propietario y llegar a un acuerdo con él, si le facilitas un nuevo alquiler (por ejemplo permitiendo la entrada a interesados, colocación de carteles en fachada anunciando el alquiler, etc), es posible que no te ponga problemas
Por ley ha de esperar la anualidad completa, pero hay la posibilidad de que su casero se lo permita. Lo normal sería que le cobren esos meses que deja antes de la anualidad completa