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Me he enterado q según la ley de arrendamiento, sólo pueden pedir 1 si es vivienda. En su momento cuando firmé el conrtato pensaba q podían pedir lo que quisieran, me pareció demasiado, pero no tenía noción de la ley. gracias
Hay que puntualizar, la LAU establece como fianza obligatoria un mes de alquiler pero permite la existencia de otras fianzas o garantías adicionales, como puede ser el caso que describe.
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