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Llevo viviendo 10 años en este piso de alquiler y desde q lo alquile mi casero no hace ni una mejora para el piso, pero lo he cogido algo deteriorado, cobra la mensualidad a tiempo y lo coge liquido ya q no me ha hecho un contrato y quiere q yo pague todos los gastos q haya en el piso ( pintada del piso, arreglos de tuberias, etc. ), cosa q lo he hecho, y ahora me dice q yo estoy obligada a tener un seguro para su piso, y por lo visto me lo va a pedir en estos dias, que derechos tengo en caso de salir del mismo y ella me quiera exigir mas pagos de desperfectos si no ha hecho nada por el mismo? Tengo derecho a pedir un tiempo para buscar vivienda y mas si tengo dos niños a mi cargo? , y si salgo del piso tengo dereco de infprmarle q dia exacto dejo el piso? Urgente
Yo si que pienso que deberías hacer un seguro de hogar(160-200€)por tu tranquilidad económica. Imagínate que un día te dejas un grifo abierto e inundas varias viviendas,o que se te incendia la casa por una sartén que se te olvida mientras hablas por tlef.
si llevas 10 años ,Si que el mantenimiento y conservación son por tu cuenta
aunque le pagues en efectivo y el controto no exista escrito si que existe un contrato de palabra
Si llevas 10 años viviendo en el piso y no habeis firmado ningún documento se entiende que el contrato se proroga ahora mismo por meses, con lo que puedes aviasar a tu casero mediante burofax con antelación de 30 días de que te vas a ir el mes siguiente. Lo de la obligación del seguro solamente es recomendable a no ser que lo habeis plasmado por escrito, pero como tu solamente tienes contrato verbal...
si te mudas a otro piso y te indican lo del seguro, te correspondería de contenido ya que al casero le correspondería una de continente. Pero si no se indica lo contrato los seguros son opcionales pero altamente recomendables. En todo caso siempre que vayas a contratar un seguro caudno te nformes indica que estas de alquiler en un piso y ellos ya te lo explicarán mejor
Por partes, contrato lo hay, aunque sea verbal.
Dicho lo cual, el alquiler debe salirle muy a cuenta, pues es obvio que está asumiendo unas obligaciones que no se ajustan a lo contemplado en la ley.
No tiene usted obligación de tener un seguro en la vivienda. Si desea usted marcharse, a falta de un contrato escrito que fije el inicio del arrendamiento, deberá usted comunicar a la propiedad fehacientemente (por burofax), con un mes de antelación, su intención de dejar la vivienda.
Por la misma, puede usted permanecer en la vivienda mientras siga pagando el alquiler, hasta un máximo de un año desde la primera notificación fehaciente de la propiedad.
Por los desperfectos, si no hay contrato escrito, tampoco hay estado previo de la vivienda; por lo que en caso de reclamarle a usted desperfectos la propiedad, esta deberá probar el estado previo de la vivienda; lo que a priori veo muy complicado.
Saludos cordiales.