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Mi contrato me terminó en Enero, ¿qué le podría pasar a mi casero por no habérmelo renovado? ¿Y si él me quisiera echar y yo me negara? ¿qué ocurriría? ¿Me tendria que ayudar a buscar casa el? ¿O qué pasos a seguir tendria que tener en cuenta?
Muchas gracias
He leído en otro de tus posts que tu contrato cumplió un año en enero.
A tus preguntas:
¿qué le podría pasar a mi casero por no habérmelo renovado?
Es que "no hay que renovarlo". El contrato se prorroga él solito. Sin firmar nada. Al contrario, cuado habrá que FIRMAR ALGO es cuando se quiera dar por finalizado. No antes.
¿Y si él me quisiera echar y yo me negara? ¿qué ocurriría?
El casero, salvo que tu contrato contenga la cláusula de necesidad, no puede pedirte que te vayas hasta el 5º cumpleaños del contrato. Sólo un juez podría echarte, si, por ejemplo, dejaras de pagar la renta. Mientras que tú cumplas tu parte, el piso será tu vivienda como mínimo durante 5 años.
¿Me tendria que ayudar a buscar casa el?
No, eso, en ningún caso.
¿O qué pasos a seguir tendria que tener en cuenta?
Pues lo que te he dicho antes. Tu tienes un contrato que te sirve como mínimo para este año y 3 más.
Tranquila.
Saludos - Papeleos Alquiler
Tu contrato por el hecho de no haberte dicho nada se ha prorrogado tacitamente en el mismo plazo que lo tenías firmado. Independientemente del plazo de tu primer contrato, si es de vivienda habitual, te da derecho a tí, independientemente de lo que quiera el propietario, de estar hasta 5 años en este piso. Pero también te obliga, por no haber dicho naa tú, a cumplir por el mismo plazo que tenías hasta el final del anterior.
Bueno, en este foro hay muchos posts que responden meridianamente claro a tus dudas. Para empezar se te acabó un contrato de cuantos años?, después del quinto obligado por la propiedad si esta no te comunica su intención de no renovarte treinta días antes de la finalización del contrato entraría en una prorroga automática por un año y así consecutivamente hasta 3 años más a no ser que tú quieras abandonar el piso durante alguna de las prorrogas con lo cual tú tendrías que mandar burofax treinta días antes de que abandones el piso, por parte de la propiedad no puede decidir nada hasta que acabaran los 3 años de las prorrogas. Un contrato verbal es tan legal como uno firmado, solo tienes que guardar los recibos del pago de la renta del piso y demás servicios así como te favorece el hecho de que estés empadronado en el piso.