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donna

inquilino/a

¿Puede el propietario pedir aval transcurrido el año del contrato para su renovación?
Tengo un piso de alquiler desde hace un año para alquilarlo, el propietario me pidio un aval de 3,000 euros y un fianza de un mes, además del mes corriente. Ahora que se termina el contrato quiere nuevamente aval y tiene la fianza que en su momento deposité, además de eso quiere subir el alquiler, por favor respondan mi pregunta a la mayor brevedad posible.
  • Preguntado por: donna
  • Hace 16 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Armando Perea ha sido el primero en contestar
Armando Perea ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Hay varias cuestiones: Si el piso constituye la vivienda habitual del inquilino, éste tiene derecho a prórroga forzosa sin modificación de las condiciones esenciales del contrato entre las que se encuentra la renta que no puede ser elevada por encima del IPC.
    En cuanto al aval habría que conocer las condicones que se exigían en el contrato para la prestación de ese aval.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 16 años
  • tentempie

    inquilino/a

    Por partes: Si el contrato que firmaste es de un año no te puede subir el precio más que el IPC, la ley es muy clara y el contrato se renueva automáticamente por un año más hasta un total de 5 siempre que el inquilino quiera y pague.

    Si en el cotrato aparece que vas a tener un aval bancario de 3000 euros es obligatorio mientras dura el contrato, así que si se te acaba lo tendrás que renovar ya que si no lo haces incumples una de las cláusulas del contrato y te puede llegar a echar.
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    Ten en cuenta que si realizastéis un contrato de vivienda habitual por un año la ley obliga al arrendador a la prórroga obligatoria hasta alcanzarlos 5 años, pero tu te puedes desvincular al cumplir el año (preavisando...) por eso te pidió aval bancario por un año, si continuas en el piso y en el contrato se refleja de forma clara que en esa circunstancia hay que renovar el aval por otro año más y así hasta que finalice el contrato , deberías renovarlo. En cuanto a la fianza, hasta que no finalice el contrato no podrás recuperarla (siempre que lo devuelvas en las mismas condiciones de entrega). Por último, la renta se actualiza anualmente según la variación del IPC general, esto lo recoge la LAU y es perfectamente legal.
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