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Buenas!
Estoy en un piso de alquiler con opción a compra, con mi pareja ( tiene 28años) des de febrero del año2014. Yo estoy solo como avaladora (32años).
mi pregunta es: ¿en que me afecta ser solo avaladora? Y que debería hacer para también ser inquilina, dejar de ser avaladora? Y que debería pagar más o menos?
gracias
¡ Ah el amor ! dicen que el amor es ciego y este debe ser uno de los casos.
No creo que el arrendador, por sólo citarlo a él, se avenga a modificar el contrato para que te incluya como arrendataria, incluso sería preferible compensar las posibles pérdidas fiscales y molestias para lograrlo.
Si no lo consigues, habría que hacer algún documento público entre tú y tu pareja reconociendose igualdad de derechos y obligaciones en el cumplimiento del contrato y si en el futuro llega a adquirirse la vivienda que sea inscrita en el Registro de la Propiedad a nombre de los dos.
Marta .- Sea jurídicamente posible o no lo que te he dicho, te reitero lo ya manifestado anteriormente por todos, sobre la conveniencia de tener una consulta personal con un abogado, mejor ya avezado en todos los ámbitos del derecho.
Hola marta:
coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
Buenos días, Marta.
No necesitas a la inmobiliaria, necesitarás al arrendador.
No obstante, ten en cuenta que es posible que no quiera modificar el contrato, toda vez que el arrendamiento a menores de 30 años está más bonificado fiscalmente para el arrendador.
Lo más aconsejable sería que acudierais a un abogado para que os redactara el arrendamiento, especialmente para que no perdáis en el cómputo para la opción de compra las rentas que ya habéis abonado.
Te recomiendo que leas este enlace sobre el arrendamiento con opción de compra:
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/arrendamiento-opcion-compra/
Un saludo,
Muchas gracias por contestar ante todo.
Lo hicimos así porque mi pareja tienen una casa de propiedad pero con inquilina de 92 años y para beneficiarse a la hora de hacer la renda (Hacienda).
En el momento de la forma entregamos la fianza ( 2 meses) y parte también para el de la inmobiliaria. La verdad es que yo no entiendo demasiado y en el momento de la firma, me dijeron lo del aval. Como queríamos qu emi pareja se beneficiara y él no tenía trabajo fijo, se me puso a mi.
Pero ahora él ya tiene trabajo fijo y mi intención es dejar de ser avalador. DEbería entonces citar al propietario y al de las fincas?? o ir alguns itio concreto hacerlo???
no se como se hace todo esto.
GRacias
Coincido con piscis sobre todo en la ultima frase, un arrendamiento con opcion de compra y aval es algo lo suficientemente complejo y de riesgo para quien lo firma, como para que antes de firmarlo lo examine un profesional de su confianza.
¿Han entregado alguna cantidad al entrar a vivir en esa vivienda?
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Ser avaladora = ser pagadora si tu pareja no paga y sin ningún derecho Sobre el inmueble
ser inquilina = ser pagadora a partes iguales, pero con los mismos derechos compartidos sobre el inmueble
para pasar de avaladora a inquilina hay que hacer un nuevo contrato con intervención del arrendador y vosotros dos.
las condiciones del nuevo contrato pueden ser las mismas,pero el arrendador puede variarlas, aprovechando la oportunidad.
marta, tu caso, mejor consultarlo privadamente con un abogado de tu confianza.