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Hola, somos un matrimonio con una niña.
Alquilamos una casa en mayo de 2010, la casera dijo que era para tiempo, y aceptamos. En todo éste tiempo, nosotros hemos pagado y cumplido lo pactado, ella no se ha hecho cargo de ninguna reparación por el mal estado de algunos electrodomesticos, por poner un ejemplo.
Y ahora nos envía un burofax diciendo que necesita la casa por necesidades familiares (dice que para su hijo). Hago el año en mayo y dice que no hay prórroga.
Quisiera saber si ésto es asi, o si lo debe demostrar y como, ya que ahora no esperabamos una mudanza, y queremos quedarnos.
Gracias de antemano por sus respuestas.
Me temo que hoy ha entrado en vigo la nueva Ley del Alquiler (aprobada el pasado mes de agosto) y por la cual el arrendatario podrá rescindir el contrato sin pagar indemnización avisando sólo con un mes de antelación.
Puedes leer más sobre el tema en la noticia de Europa Press de hoy:
se me ha olvidado poner que si no esta dicha clausula, el contrato no requiere ninguna prorroga, se renueva él solito cada año, hasta cumplir 5 años y sólo puede subiros cada mes de mayo y comunicandolo por escrito, lo que marque el IPC
La respuesta esta en el contrato, si en ese contrato pone una clausula de necesidad, mucho me temo que tendreis que mudaros, pero si no pone esa clausula, no teneis que mudaros y podeis vivir ahí 5 años y sólo vosotros podreis rescindor el contrato en una anualidad si quereis.
Eso si, si pone dicha clausula, el hijo deberá ir a vivir ahí porque si no lo hace, podreis denunciarla.