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he firmado el contrato el 1 de octubre del 2012, en noviembre le he pagado dos mensualidades (previo acuerdo mutuo) una de ellas del mes de noviembre y otra como garantía de impago. si ahora en marzo no le ingreso su mensualidad puede denunciarme por el impago, o yo puedo decir que el use la garantía como pago de este mes?
Hola mirkilla:
La respuesta a su pregunta es negativa. Únicamente podría utilizar la fianza como pago de una mensualidad si el arrendador concede su consentimiento para ello por escrito.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
La fíanza la he pagado a la hora de firmar el contrato, junto a la primera mensualidad, por lo que yo pregunto en una garantía de impago, así se ha definido en el contrato del alguiler
Si lo que llama garantía de impago en realida es la fianza obligatoriua, no puede compensarla con el alquiler ya que su casero está obkigado a depositarla en l aoficina autonómica que corresponda.
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