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Hace unos dias la Generalitat Valenciana le concedió a mi tia una plaza en una residencia (dentro del Plan dependencia). Hace 2 años y 10 meses alquilé una vivienda cerca de mi domicilio para que instalara su residencia permanente mi tia, ya que es minusvalida y dependiente. El alquiler lo hice a nombre de ella. ¿Es motivo suficiente para romper el contrato de alquiler?. En la vivienda solo vive ella.
Hola ,para poder romper el contrato tienes que llegar a un acuerdo con el casero, o un mes antes del cumpleaño avisarle mediante un burofax de que te vas del piso
si no este puede pedir que se cumple el contrato y exigir el cobro de los meses que falten hasta final de contrato
Si es un motivo suficiente para que su tía desista anticipadamente de ese alquiler lo tieneque decidir el Juez, salvo que vd llegue a un acuerdo con el casero.
Le conviene considerar que aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.
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