Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En un mes cambio de piso, y después de comunicárselo al dueño del que estamos viviendo ahora, me ha obligado a pagar el I.B.I (impuesto de Bienes inmuebles) dice que por ley lo ha de pagar quien hace uso y disfrute de la vivienda. Me parece que he ido a dar con un LISTO y me gustaria que me aclararan estas dudas. Muchas gracias
Como le han indicado, aplicando la ley de arrendamientos el IBI sólo debe pagarlo el inquilino si aparece así recogido en el contrato, y se recoge también el importe. Si no, no tiene por qué pagarlo.
dices que "te ha obligado" ¡se lo has pagado ya? espero que no, porque ni mucho menos tienes que pagarselo...el IBI lo paga la propiedad y sólo lo ha de pagar el inquilino si se llegó a ese acuerdo y se especificó en el contrato y se puso el importe en él.
Creo que si, que has dado con un buen LISTO, pero puedes demostrarle que tu lo eres más
Usted no ha de pagar el IBI a no ser que lo especifique claramente en el contrato, si en su contrato no hay clausula que advierta que usted ha de hacer frente a dicho pago, no ha de pagarlo