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AriadnaAA

inquilino/a

¿Puedo desgravarme la mitad del alquiler si el contrato va sólo a nombre de mi pareja?
Tengo 36 años y vivo de alquiler en Andalucía desde hace 3 años. El contrato se puso a nombre de mi pareja (que es extranjero comunitario y nunca ha hecho la declaración de la renta en España). Es un contrato entre las partes (no declarado a la Junta de Andalucia). Yo pago la mitad del alquiler y tengo los recibos de las transferencias de mi cuenta bancaria a la del propietario (la consignada en el contrato). Además, tengo como domicilio fiscal en Hacienda este piso y las facturas de luz y teléfono fijo a mi nombre. ¿Podría desgravar el alquiler en la declaración de la renta, siendo que no llego a 22.000 anuales?
  • Preguntado por: AriadnaAA
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    El hecho de efectuar los pagos del arrendatario no implica ser arrendatario, porque la obligación de pago puede ser cumplida por un tercero, que no adquiere los derechos del arrendatario, salvo que el arrendador consienta expresamente la cesión total o parcial del contrato, cosa que podrá producirse a partir de ahora pero no el año 2008, a no ser que se celebre un nuevo contrato, se le ponga fecha anterior y se deposite en la Junta de Andalucía con retraso y recargo del 10%. Solución tramposa que implica la comisión de varios delitos y los inconvenientes de toda trampa, que puede cerrarse cobre el trampero.

    Por otra parte, su pareja reside en España, por lo que, si tiene ingresos en cualquier país, tiene obligación de declarar IRPF en España.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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