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rebeda

inquilino/a

¿Puedes ganar una demanda x marchar antes de finalizar el contrato de alquiler si habías avisado verbalmente?

Estaba como inquilino en una vivienda y marché mes y medio antes de finalizar el contrato xq había comprado mi vivienda y quería irme a ella, se lo comenté al propietario de mi vivienda de alquiler con varios meses de antelación y me dijo q no había ningún problema y que no me cobraba el mes y medio q me faltaba. Mi sorpresa es q tengo una demanda del propietario del piso reclamándome ese mes y medio cuando yo con él solo había llegado a un acuerdo verbal, mi pregunta es: ¿tengo alguna posibilidad de ganar esa demanda?

  • Preguntado por: rebeda
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • Muelles

    casero/a

    El problema de los acuerdos verbales es que las palabras se las lleva el viento, y que no puede demostrar que tal acuerdo se produjo.

    Si no dispone de un  documento firmado por el arrendador dando por resuelto el contrato de mutuo acuerdo, se entenderá que ha habido un desistimiento anticipado y unilateral del arrendamiento por su parte, por lo que ante una demanda por incumplimiento tiene mal pronóstico.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 15 años
  • manuel josé

    casero/a

    No.  Es incumplimiento de contrato.

    Si se firma contrato por un año ( art. 9 ), éste es de obligado cumplimiento para el arrendatario al igual que lo es para el arrendador. Es más, el arrendador no puede rescindir el contrato hasta que no pase el mínimo de cinco años de alquiler al que tienes derecho como inquilino si cumples todas tus obligaciones. Hay que buscar un acuerdo por ambas partes. El incumplimiento contractual puede dar lugar a indemnización de daños y perjuicios s/ disp. Art. 1124 del código civil si bien la indemnización ha de entenderse tras su desalojo por el arrendatario. ( antes es por falta de pago ).

    Un juez suele condenar al pago de mensualidades restantes hasta finalizacion contrato o hasta que el arrendador vuelva a alquilar el piso. De ahí que si el arrendatario busca un inquilino que le sustituya disminuye el pago de algunas mensualidades. Mejor negociar con el arrendador aún perdiendo una o dos mensualidades. Mejor un mal arreglo que un buen pleito.

    Si negociais y llegais a un acuerdo previa comprobación de desperfectos, averías, consumos pendientes ( o lectura de contadores ) firmar ambos documento de rescisión de conformidad, así se evita la demanda judicial.

    Aunque se comunicara previamente por burofax con acuse de recibo 30 días antes de la finalización de la anualidad o prorroga, teniáis que reuniros el último día del contrato para ver desperfectos, averías,... Y firmar el documento final contrato. Los desperfectos ... se deducirían de la fianza un mes después.

    Saludos,

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