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alex40

inquilino/a

¿Puede el dueño de la casa quedarse con la fianza de alquiler sin más o esta reglado en particular?
¿Y quiero saber se puedo vivir en la casa sin pagar el alquiler hasta se consume la fianza? muchas gracias para contestar un saludo
  • Preguntado por: alex40
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
BUFETE JOVER ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No puede quedarse sin más con la fianza pero puede aplicarla a reparación de daños y a indemnización por incumplimiento del inquilino.

    La LAU prohibe expresamente compensar la fianza con el pago de renta.

    Pedro Hernández del Olmo, abogado pedrohernandezabogado.blogspot.com
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • Guimaraens Abogados

    profesional

    Apreciado Alex40:

    Respecto a la primera cuestión, no, no puede tu casero quedarse con la fianza sin más. La fianza te la deberá reintegrar al finalizar el arriendo salvo que te justifique muy detalladamente que por tu actuación negligente deben repararse unos desperfectos y que éstos son de la misma cuantía o superiores que la fianza que le dejaste en depósito.

    Respecto a la segunda cuestión, no, no se puede. La fianza no está destinado a eso y el propietario podría demandarte por falta de pago aunque tenga la fianza en su poder, y en ese caso, le tendrías que pagar todas las mensualidades impagadas, los intereses, y las costas del juicio. Aunque claro está, cuando el propietario recupere la vivienda te tendría que devolver la fianza o compensársela con las cantidades que tu le deberías.

    Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.

    Atentamente,
    Guimaraens Abogados
    Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
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    Teléfonos: 93 4879483 – 655085046
    C/ Balmes nº 84 4ºB Barcelona
  • //Mfan

    inquilino/a

    La fianza nunca es sustitutiva del pago de la renta.

    Por lo demas, el casero debe devolver la fianza en el plazo de un mes, si hubiera desperfectos deberá justificar las reparaciones.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 15 años
  • BUFETE JOVER

    profesional

    No, el propietario le debe devolver la fianza al finalizar el arriendo. Si no la devuelve en el plazo de un mes, devengará interes y, evidentemente, podrá solicitar su devolución judicialmente.

    La práctica de compensar el pago de la última renta (y hablo de última y no últimas porque la LAU establece que la fianza en los arrendamiento de vivienda consistirá en un mes de renta) no es correcta, aunque sea habitual.

    Bufete Jurídico Jover
    www.jover-abogados.com
    E-mail: info@jover-abogados.com
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