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Estoy hace más de seis años, los primeros tres con contrato y ahora estoy sin contrato. Me piden el local porque dicen que lo van a vender, qué debo hacer.
Gracias
Ese arrendamiento esta sujeto a la LAU como arrendamiento distinto de vivienda, por lo tanto habrá que atenerse a la duración pactada en el mismo y al cumplimiento en todo caso del preaviso por parte de los arrendadores.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente incluso por teléfono.
Hola marmamo:
Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email2: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Los arrendamientos comerciales no están sujetos a la lau. Si ahora no tiene usted contrato hay poco que pueda hacer salvo marcharse como le piden.
saludos cordiales.