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Hace 3 años tengo un contrato de alquiler por 12 meses, que lo hemos ido renovando cada año, cuando decida marcharme, avisando 30 dias antes es suficiente para recuperar la fianza?
gracias!
Primero hay que atender al contenido del contrato. Si éste no menciona nada, y dado que se trata de un contrato anual, se podrá marchar al cumplirse cada anualidad avisando con 30 días. Para otra solución trate de negociar con el propietario.
leete mejor la ley:
Artículo 9. Plazo mínimo
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.No estoy deacuerdo. La fianza se debe devolver al terminar el contrato. Y eres libre de terminar el contrato siempre y cuando avises con 30 días de antelacion, osea que siempre que avises se te debe devolver la fianza.
solo se puede rescindir el contrato ( con el preaviso de 30 días) en cada "cumpleaños del contrato". Si te vas en otra fecha te pueden reclamar los meses que resten hasta el "cumpleaños del contrato" y retenerte la fianza para saldar esa "deuda".
Si rescindes el contrato en su momento y con el debido preaviso te tienen que devolver la fianza (salvo desperfectos en el piso)