Gemma como señala Piscis he interpretado erroneamente que la vivienda era de su propiedad, pero vivia en casa de sus padres, rectifico por tanto. Si alquila una vivienda como inquilina, pero continúa empadronada en casa de sus padres, el único problema que puede tener es si pretende acogerse a la deducción autonómica, la estatal ya no existe, que la agencia tributaria considere que no puede al no estar empadronada en esa vivienda tendría vd que acreditar que se trata realmente de su vivienda habitual.
Pedro Hernández Olmo, abogado