mi casera ha muerto pero se quedaron sus nietas ahora no me quieren dar el recibo pero si quieren coger el dinero y la verdad no se que hacer x cierto llevo en esa vivienda unos 25 años alguien me puede ayudar. gracias
Buenas Piscis estoy plenamente de acuerdo contigo en cuanto a que realice las averiguaciones pertinentes para conocer si efectivamente se ha producido el fallecimiento si hay o no ultimas voluntades y el estado de la aceptación de la herencia o si se ha nombrado administrador. Daba por hecho que tal averiguación ya se había efectuado de ser así recomiendo tal y como he dicho el requerimiento y en casa.de.negativa la consignación de rentas.
Hola Verónica, bienvenida al foro, hay algo que me ha dejado intranquilo respecto a la consulta y la respuesta que has dado.Respecto a la consulta, Beatriz dice que la casera ha muerto y las nietas no le quieren dar recibo del pago de la renta, pero para hacer tal afirmación supongo que Beatriz habrá comprobado documentalmente el fallecimiento de la arrendadora y que las que dicen ser las nietas, realmente lo son y de ser ello cierto, tampoco le consta que son las herederas de la difunta, por consiguiente, antes de pagar, le tienen que acreditar que son las herederas legales, no sea que si dichas presuntas nietas cobran, luego, salgan los herederos legales, reclamando las rentas del inmueble. Y en cuanto a la respuesta, una vez cerciorada Beatriz de la certeza del fallecimiento de la arrendadora, me parece que lo prudente es hacer el requerimiento directamente al domicilio de la arrendadora, pero dirigido a la herencia yacente de la misma, con la finalidad de que alguien manifestando que obra en su nombre y representación, le indique como ha de proceder para el pago del alquiler, que tal como dices, tendría que ser mediante consignación ante el juzgado, hasta que se pueda acreditar la condición de los verdaderos herederos.
Buenas tardes Beatriz, lo más recomendable es que les requirieras de forma fehaciente mediante burofax con acuse de recibo y certificado de contenido haciendo constar que has efectuado el pago de las rentas y que no te han emitido el correspondiente recibo solicitando su entrega inmediata y anunciando que en lo sucesivo té faciliten un número de cuenta para el pago de la renta y que si no te lo aportan iinstarás un procedimiento de jurisdicción voluntaria para consignar las rentas en el juzgado. Verónica Pereira, abogada www.tuderechoconmigo.com
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