Mi pregunta es si se podría haber pactado el pago bimestral por adelantado
CUARTA: PRECIO DE LA LOCACION Y FORMA DE PAGO. El precio de la locación por todo el periodo contractual se ha convenido en la suma total de Pesos ciento cuarenta y nueve mil setecientos noventa y seis ($ 149.796), pagaderos por ?LA LOCATARIA? de la siguiente forma: a) durante los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2017, abonará la suma de Pesos CINCO MIL ($ 5000.-) mensuales y consecutivos; b) durante los meses de noviembre, diciembre de 2016 y enero, febrero, marzo y abril de 2018, abonará la suma de Pesos CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 5.750.-) mensuales y consecutivos; c) durante los meses de mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2018, abonará la suma de PESOS SEIS MIL SEICIENTOS DOCE ($ 6.612.-) y, d) durante los meses de noviembre, diciembre, enero, febrero , marzo y abril de 2019, abonará la suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS CUATRO ($ 7.604.-) mensuales y consecutivos. El alquiler deberá ser abonado en dinero en efectivo por adelantado del 1 al 5 de cada mes, sin necesidad de requerimiento alguno. En este acto ?LA LOCATARIA? entrega en manos de ?LA LOCADORA? la suma de Pesos CINCO MIL ($ 5.000.-), como pago correspondiente al mes de MAYO de 2017, sirviendo el presente de suficiente y formal recibo y carta de pago. Si por una disposición legal y futura los arriendos se vieren gravados con el pago del impuesto al valor agregado (IVA), la parte locataria deberá adicionar al monto mensual a ingresar en concepto de canon locativo, el porcentual correspondiente al IVA. ?LA LOCATARIA? se compromete a entregar durante todos los meses los comprobantes pagos de Gas, Luz, A.B.L. e Inmobiliario, AYSA, Expensas, Teléfono ?si lo hubiere ? y cualquier otro servicio contratado por ?LA LOCATARIA? bajo pena de considerarse incumplimiento contractual.
Danila esa consulta debería formularla en un foro de su país, aquie solo le vamos a contestar con la normativa española, que evidentemente no le va a servir Pedro Hernández Olmo, abogado
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