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Vivo en un piso propiedad de banco.
Hace un mes pase el parte indicando el problema que tengo con la nevera.
Tras insistir me dicen que esta pasado el aviso pero que estan desvordados con las reclamaciones de los vecinos.
He pedido permiso para llamar a un tecnico del servicio oficial de la marca de la nevera en cuestion.Indicaba que esperaba autorizacion y que por favor me indicaran como se me abonaria la reparacion.
Me han contestado :
No tramite por su cuenta ninguna reparación, ya que la propiedad no realizara ningún abono.
Solo se pueden realizar a través de su proveedor concertado.
¿Puedo hacer algo o pueden tenerme asi el tiempo que quieran?
Es decir, llama al técnico, que haga un informe, y con ese informe reclamas a quien corresponda.
Si es pequeña reparación ( 150€) la pagas y listo, ya tienes nevera. Si es mayor o se necesita substituirla, entonces envia un burofax con acuse de recibo y certificación de texto, en el que adjuntes el informe del técnico y avises que, si en un plazo de 5 dias no te han solucionado el problema, te verás obligado a solucionarlo tú y reclamar el importe, para evitar una incomodidad grave
Hooa Manuel:
Coincido con las respuestas de mis compañeros Pholmo y Pedro.
Reciba un cordial saludo.
Primera cuestion. En el contrato se hace referencia a la nevera? Si no es asi olvidate del banco.
Segunda cuestion. Seguro que no se trata de una pequeña reparacion o de una averia producida por un uso negligente tuyo? En ese caso tu tambien serias responsable y quien debe determinarlo es un tecnico a falta de acuerdo.
Tercera cuestion. Dando por hecho que en el contrato consta la nevera y que la reparacion corresponde al banco, lo que deberias hacer es reparar por tu cuenta y reclamar ese importe posteriormente. E incluso cabria la posibilidad de instar la resolucion del contrato judicialmente.
El consejo de restarle a la mensualidad ese importe es sin duda fruto de la mas profunda ignorancia del derecho. No pagar por completo la renta faculta al propietario a instar un desahucio por falta de pago, sin que en dicho procedimiento pueda alegarse nada sobre esa reparacion.
Pedro Martínez
Abogado
5001@icagr.es
No es delito no pecado pero puede ser motivo de desahucio,por otra parte 60 euros es una pequeña reparación que corresponde al inquilino.
en mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. , puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Es muy sencillo, hacer lo mismo que hacen ellos (los Bancos) primero pagas y despues reclamas.. Pues ya sabes lo reporas y al ingreso de la mensualidad les asdjuntas la factura. osea (ejemp.360 alquiler y 60 Fact Rep.) pues les ingresas 300€ hacer lo que hacen no es delito ni pecado..