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Roberto

inquilino/a

PUEDO PAGAR EL ÚLTIMO MES EN MANO EL ÚLTIMO DÍA DE CONTRATO?
Ayer,  después de habernos tenido durante varios meses sin saber nuestro futuro en la vivienda, nos llega una carta certificada del dueño del piso conforme no nos renueva el contrato de alquiler. Así mismo en la carta nos informa que el último día del contrato se personará en el piso para evaluar si hay daños y firmar el fin del contrato. ¿Puedo pagar la última mensualidad en mano justo cuando firmemos el documento de fin de contrato ó he de realizar la transferencia a principio de mes como hago siempre?
Gracias por vuestra colaboración y si pregunto esto por aquí es porque es la primera vez que me pasa esto después de llevar casi 6 años de alquiler en este piso y después de que hayan jugado con mi ilusión y la de mi mujer puesto que nos habían dado la esperanza de poder comprar el piso y finalmente nos han dejado tirados en el último momento.
  • Preguntado por: Roberto
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días,
    Le interesará leer este artículo, en el que se explica claramente como funciona el régimen de prórrogas.
    http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-anticipada-vivienda/
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Roberto si su contrato se firmó en noviembre de 2009 puede estar tranquilamente hasta noviembre de 2017 no hay necesidad alguna de renovar ese contrato, su casero está en un  error al enviar esa carta, a lo mejor ha pensado equivocadamente que puede aplicar la penúltima reforma de la ley que reducía la duración de las prorrogas obligatorias para el casero a cuatro años (3+1) en lugar de ocho (5+3) que era la norma vigente cuando vd firmó su contrato, le reitero que si quiere ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/ en este enlace tiene abundante información sobre estos temas.
     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Roberto

    inquilino/a

    Nuestro contrato de alquiler se firmó en Noviembre de 2009 y por una duración de 3 años. ¿Realmente puedo estar hasta cumplir 8 años aún habiendo recibido una carta certificada conforme no nos renueva el contrato de alquiler?
    • Respondido por: Roberto
    • Hace 9 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Roberto, si lleva casi seis años en el piso, esa carta certificada carece de valor alguno, vd. tiene derecho a permanecer en esa vivienda hasta cumplir ocho años de alquiler, durante ese periodo el contrato no es preciso renovarlo, se prorroga automaticamente por anualidades, su casero debería informarse mejor.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
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