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dalailama

inquilino/a

¿Es legal cambiar la cerradura del piso que he alquilado?

He aquilado un piso y el propitario me entregará las llaves en breve. Es un piso de unos 15 años y ha estado ya varias veces alquilado (hay unos 4 inquillinos anteriores).

por sentirme mas seguro me gustaria cambiar la cerradura de la puerta de entrada, guardar la original y volver a colocarselo antes de entregar el piso cuando finalize el contrato. mi pregunta es, si se puede cambiar legalmente la cerradura de la puerta de entrada siendo inquillino?

tengo obligacion a pedir permiso al propitario?

o simplemente la cambio? porque la verdad es que la unica manera de que se pueda enterar es intentar entrar de manera ilegal.

  • Preguntado por: dalailama
  • Hace 10 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (13)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Zhargy quizá debería haber abierto una pregunta nueva.
    • Contesto a su duda: Efectivamente el casero es responsable de los daños que puedan causarse a otras personas por ejemplo por la rotura de una tubería o un radiador de calefacción, si el inquilino no lo ha usado indebidamente, ponga lo que ponga en el contrato de todas formas el mejor consejo es que contrate un seguo de Responsabilidad civil de inquilino que cubra también defensa y reclamación jurídica, no son caros. 
    • En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Zhargy

    inquilino/a

    Buenas! y disculpad que reviva este tema que ya estaba solucionado, pero es que mi pregunta tiene que ver con esto.

    He encontrado un pisito para irme a vivir (porfin me independizo) y me he encontrado en el contrato esta cláusula (junto con otras que creo abusivas) y no sé si es correcta o no:

     

    -El arrendatario se hace directa y exclusivamente responsable, y exime de toda responsabilidad a la propiedad y al Administrador, por los daños que puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de instalaciones para servicios y suministros de la vivienda arrendada.


    ¿Los daños ocasionados por las instalaciones del piso (no por el contenido), no deberían ser responsabilidad del propietario?


    Gracias de antemano! :-)

    • Respondido por: Zhargy
    • Hace 10 años
  • BBird

    inquilino/a

    yo me hice el seguro como inquilino, y no me pidieron ninguna factura.

     

    Es importante que el valor de el contenido se ajuste a la realidad, ya que si aseguras por 10.000€ de valor, no quiere decir que te vayan a pagar los primeros 10.000 de daños, si no que van a ir descontando lo que no esté dañado de ahí. Por ejemplo, el fuego afecta a una habitación, y el resto están intactas, y la suma de lo que hay en el resto de habitaciónes supera 10.000€: no te pagan nada por el contenido de esa habitación. Al menos así lo entiendo yo de la letra pequeña de mi seguro.

    • Respondido por: BBird
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    A la acertada respuesta de Ampsólo me parece oportuno añadir que en caso de incendio de una vivienda arrendada es posible que le toque al inquilino demostrar que la causadel incendio es imputable al casero, lo cual puede resultar sumamente difícil en mi blog tengo tratado este tema

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Creo que si lees esto te harás una idea.

    el valor de los muebles debería ser lo más ajustado a la realidad. Si tienes facturas pues genial. Pero has de incluir el valor de la ropa, el pc, los libros. Etc.

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • dalailama

    inquilino/a

    Gracias Amparo. Pero entonces si hubiera un incendio en la vivienda (aunque seria un caso extremo y esperemos que no sea asi) provocado por ejemplo por un corte de circuito, no provocado por el inquillino sino por una mala instalacion o parecido, entonces si que cubre este seguro que tiene el propitario junto con la hipoteca. entiendo que el seguro cubre a la vivienda y no al propitario, independientemente si vive él o su madre o un inquillino. corrigeme por favor, si me equivoco.

    100 € al año para seguro de hogar esta bien, aunque se sale un poco del tema, sabeis si al hacerse este tipo de seguro piden todos los ticket de compra de los muebles o se pone un valor estimado de los muebles que haya?

     

    gracias de nuevo

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Pero porque el banco si no, no te da la hipoteca. Nada que ver.

  • dalailama

    inquilino/a

    Bueno, el seguro de incendio si que es obligatorio por ley con la hipoteca.

     

    aparte me haré un seguro yo para mis muebles.

     

    gracias!

     

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No hay seguros de hogar "obligatorios".  

    cada uno asegura sus riesgos, o apechuga si sucede algo.

    un seguro para inquilinos cuesta poco más de 100 euros al año.

    si el casero tiene algún seguro de hogar, cubre sus riesgos (de él) no los de usted.

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • dalailama

    inquilino/a

    Muchas gracias. Asi lo haré, daré la copia del piso a mi madre.

    Por el tema del seguro de hogar:

    Entiendo que el propitario ya tiene obligatoriamente un seguro de hogar para estos casos?

    Yo aparte lo que me gustaria hacer es un seguro para asegurar mis muebles que son caros, echaré un vistazo en este enlace que me mandó. Gracias.

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si quieres que alguien tenga llaves de tu domicilio, da una copia a alguien de tu entera confianza.  No a tu casero. 

    Por cierto, para el supuesto caso que nos has contado, yo me haría un seguro de hogar. Cubren contenido y responsabilidad civil. Son muy baratos para los inquilinos y así te quedas más tranquilo. 

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • dalailama

    inquilino/a

    Señor Pholmo, muchas gracias!! Ahora me quedo mas tranquilo.

    Pero una duda: Imegenemos la siguiente situacion, yo por mi trabajo estaré unos 2 o 3 dias a la semana fuera de la ciudad y por lo tanto de la vivienda, estoy pensando si por cualquier motivo se provocase un incendio (por ejemplo) y el propitario al vivir en la misma finca se enterase como se quema su vivienda, me llama (aparte de llamar los bomberos)  para pedirme permiso entrar urgentemente y como estoy de viaje y evidentemente en un caso asi le digo que entre corriendo y en este momento su llave a su vivienda no le funciona porque yo he cambiado el bombillo...que desastre seria este, no?

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No solo es legal sino mas que recomendable, lea el DECALOGO DEL INQUILINO, es una medida de elemental prudencia.

    en mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd. ,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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