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La propietaria de donde viviamos me agredio el 07/04/2010 por detras, me dejo desde el hombro hasta la muñeca contracturada y a parte me dejo la muñeca abierta, he tenido que llevar un bendaje durante una semana he estado tomando durante 7 meses y medio relajante muscular hasta que ya no podia mas porque el dolor era muy fuerte, me vio el medico y me ha dejado una lesion en el codo que eso se llama epicondilitis lateral aparte tengo partes de crisis de ansiedad de cuando ella me amenazo para que ese dia salieramos de su piso, tengo un negocio y no me puedo dar de baja porque tengo un niño pequeño que mantener, el medico me ha dicho que esto lo tendre como minimo entre 2 a 3 años porque no es facil de curar, mi pregunta es: siendo victima de delito por la propoietaria del piso donde estuvimos viviendo en donde me agredio no estoy apta el 100% sino el 50%, ¿cuánto me tiene que indemnizar por lo que tengo? Necesito respuesta urgente.
Lo primero acude a un prfesional y demanda sin más.El profesional te aconsejará correctamente
Extremeña,
aunque no se si es una pregunta muy propia de la motivación de este foro, tratare de responderte.
Al final, la indemnización, asi como la culpa la tiene que dictar el juez.
Si el juez dicta a tu favor en un juicio de faltas por lesiones, se te indemnizará en base a:
1.- Dias de Hospitalización
2.- Dias impeditivos
3.- Dias no impeditivos.
4.- Secuelas.
5-. Minusvalia e incapacidad
6.- Gastos
Todo esto lo debe fijar el forense (salvo los gastos), y la cuantia por cada concepto dependerá de tu edad, ingresos, etc.
Las secuelas se refieren a las que te queden una vez te den el alta médica (que nada tiene que ver con el alta laboral)
En cuanto a los dias (aparte de los de hospital, que es bastante sencillo) existe la creencia falsa de que los dias impeditivos son los dias de baja laboral; pero no es así (creo que por aqui viene tu preocupación).
De los dias de baja médica, la cantidad que sean "impeditivos" y los que no, lo decidirá en Forense.
Ya por ultimo, las incapacidades laborales se refiere a si en base a la lesión ya no puedes desempeñar tu trabajo de la misma forma; ya sean absoluta (no puedes realizar nigun trabajo), Total (no puedes realizar tu trabajo habitual) o permanente parcial (tu trabajo habitual se ve mermado en mas de un 33%)
Las minusvalias y gastos creo que son bastante fáciles de imaginar.
En el BOE encontraras lo números.
http://www.boe.es/boe/dias/2010/02/05/pdfs/BOE-A-2010-1819.pdf
Pese a todo, te recomiendo encarecidamente mirar en el colegio de abogados de tu cuidad, y ver a un abogado especializado en la materia.
Por lo general, en este tipo de asuntos, suelen ir a porcentaje, que suele estar entre un 10 y u 20% de lo que tu obtengas. Por lo general, no piden provisión de fondos.
Espero haberte sido de ayuda.
Saludos,
Pablo.