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eestoy desempleada y hace unos meses que solo pago la luz y cuando junto dinero le voy entregando a cuenta de lo que debo, El dueño puede sacrme de la casa ?
Hola gargola:
La respuesta a su primera pregunta la encontrará en el siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
Respecto a la segunda, la falta de pago de la renta, total o parcial, facultará a su arrendador para instar a través de abogado y procurador demanda de resolución de contrato.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Si su alquiler terminón en noviembre y sigue vivienda en esa casa es evidente que el contrato se ha prorrogado.
Si no paga el alquiler íntegro y en plazo está expuesta a un desahucio por falta de pago.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Claro que puede!
tu contrato se ha prorrogado un año.
si te demanda (si no lo ha hecho ya), deberás pagar la deuda, los intereses y las costas del juicio (3-4mil euros).
mala idea la de dejar de pagar.
lo mejor que puedes hacer es hablar con el dueño, llegar a un acuerdo e irte.
el acuerdo dejadlo por escrito y firmado por ambas partes.
sino te condenarán; y la deuda te perseguirá el resto de tu vida, embargandote el sueldo y lo que consigas, y generando intereses hasta que la pages toda.
muy muy muy mala idea.
pablo.