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Vivo hace tres años en el piso, y mi casero me aviso por un mail, que si ivamos a renovar nos subia el precio del alquiler faltando solo 3 dias para que se cumpliera el contrato, el contrato se me cumplia un viernes y me dijo que el dia lunes iva por la llaves por que ya tenia nuevos inquilinos, quiciera saber cuantos dias, deberia darme para mudarme, y si es cierto que le tengo que pagar los dias que aya estado despues de la fecha de contrato, y si el puede quedarse con la fianza, por que se ha quedado con ella y aparte dice que tengo que darle mas dinero, el piso esta en perfectas condiciones, vino un hombre de la inmobiliaria a verlo y le dijo que el piso esta en perfectas condiciones , que despues de tres años lo unico que tiene que hacer es pintarlo, quiero que me digan si tengo que pagarle los dias, si se puede quedar con la fianza, y si aparte tengo que darle mas dinero que el de la fianza, gracias
El arrendador solo puede rescindir el contrato cuando vaya a hacer el 5º AÑO Y si lo comunica por burofax con acuse de recibo y certificación de texto 30 dias antes del cumpleaños del contrato. Asimismo el arrendatario puede vrescindir al final de cada año haciendo la comunicación de igual modo,reuniéndose el último día y figurar desperfectos,consumos pendierntes en documento FINAL CONTRATO y en un mes devolver fianza descontando importes de desperfectos,faltas,....figurados en documento FINAL CONTRATO previa presentación de facturas. saludos,
Este es el tipo de caseros que "manchan" todo y contra los que hay que ir.Saludos y coincido con javier santander
Hola danny:
coincido con la repuesta de la Sra Amparo. Dispone de información ampliada en los siguientes enlaces:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Si llevas tres años viviendo no te puede obligar a irte, no te puede obligar a firmar un nuevo contrato y no te puede subir el alquiler mas que lo que marque el ipc (este año el 3. 5% de mayo a mayo).
Si estás en España, y estamos hablando de arrendamiento de vivienda, no tienes que irte.
si tú quieres, tienes por delante 2 años más. Y durante ese tiempo solo podrá subirte el ipcgn
solo tú, una vez al año, puedes dar por terminado el contrato previo aviso fehaciente al arrendador al menos 30 días antes del cumpleaños del contrato.
al 5º cumpleaños del contrato el propietario sí podrá dar por terminado el contrato, siempre que te lo comunique fehacientemente al menos 30 días antes del vto. Del contrato.
saludos - Papeleos Alquiler.