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Por motivos de separación, tuve que anular un contrato de alquiler firmado el 25 Marzo con entrega de 2 meses de fianza, para ser efectivo el 1 Abril. Se anuló verbalmente el 29 Marzo, y nunca se ha habitado la vivienda, pero la fianza ya la habian cobrado y ahora se niegan a devolverla. Intentamos negociar cediendo 1 mes de fianza por las molestias y no parecen dispuestos a devolver nada.
¿ Qué derechos legales tengo sobre la fianza si no he llegado a entrar en la vivienda ?
¿ Qué documento legal necesito para extinguir contrato y obligarlos a firmarlo ? ya que aún no tengo ese documento y legalmente me pueden exigir la mensualidad siguiente. ¿ Y si no quieren firmarlo ?
Podrían exigirte el cumplimiento íntegro del contrato. Así que que se queden con la fianza no es un mal trato para ti.
Saludos - Papeleos Alquiler
Que hayas entrado o no en la vivienda eso no importa, lo que es necesario saber es qué protegía o cubría esa fianza. Por ejemplo, si se establece que deberá haber un preaviso de tres o dos o un mes para hacer saber a la otra parte que el contrato no va a ser prorrogado o que va a ser rescindido, y que en caso de incumplimiento se cobrará la fianza, si el preaviso para rescindir era de un mes, entonces debería devolverte un mes, si es de dos meses, lo pierdes todo, si es de tres, teóricamente el arrendador querría cobrar uno más, pero olvídate, ni se va a molestar, sabe que no lo cobrará y bastante contento está porque le ha salido redonda la "jugada".