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¿Debería entregarme una copia?. ¿Podría denunciarlo?
sr. scatena tiene usted llave de todas las casas de su ciudad? lo digo por si salen ardiendo o se ponen enfermos.
Usted ha alquilado esa casa, asi que ni es suya ni el inquilino es su responsabilidad.
Lo primer oque se hace al alquilar una vivienda es cambiar el bombín.
Me gustaria saber qué pasa si a mi inquilino se le incendia el departamento o sufre un problema de salud, quién puede auxiliarlo si yo como arrendador no tengo llave porque la han cambiado sin aviso? Qué responsabilidad me toca. Gracias
Con los nuevos datos aportados me reitero en que no puede denunciarle por cambiar la cerradura, pero sí puede, y debe, demandarle por impago.
Y no se preocupe más de la cerradura, cuando el juez ordene el desahucio, la comisión judicial se personará en la vivienda con un cerrajero, que se encargará de cambiar la cerradura y entregarle las nuevas llaves.
Me pregunto cómo un casero puede saber si su inquilino ha cambiado o no la cerradura...
Mala señal es que lo sepa, pues sólo puede significar que ha intentado entrar con su llave y no ha podido.
Cuidado con eso pues el casero en cuestión podría acabar en la cárcel.
Saludos - Papeleos Alquiler
Por el contrato de alquiler una parte (arrendador) se obliga a entregar a otra (arrendatario) el uso de una vivienda, a cambio de una renta.
Por tanto desde que el contrato está vigente, el propietario no tiene ningún derecho a entrar en la vivienda, ni por consiguiente puede exigir la llave para entrar. Es más si entra puede estar cometiendo un delito, que puede comportar su detención.
Vd solo podrá denunciar o demandar en caso de que exista falta de pago o finalice el contrato.
BufetPrieto SLP
E-mail: jprieto@bufetprieto.com
Tfno: 938704558
Web: http://www.bufetprieto.com
Gracias a los dos por la aclaración. La razón por la que preguntaba sobre la denuncia, es porque me debe 6 meses de alquiler y soy consciente de que no va a darme ni la llave ni a cambiar de nuevo el bombín cuando (algún día) se vaya. En ese caso, tampoco sería denunciable y debería cambiar el bombín.... Me lo imagino.
Por supuesto que puede cambiar la cerradura sin necesidad de informar a nadie. Cuando se marche del inmueble podrá reponer la anterior cerradura o entregarle las llaves de la actual.
¿Denunciarle por ello? ¿En base a qué? De momento, en nuestra legislación no está penado el que una persona instale las medidas de seguridad que considere oportunas para asegurarse de que nadie entra en su casa. Por que, no se olvide, que mientras dure el arrendamiento, esa vivienda es la casa de su inquilino.
Si es inquilino es normal que cambie el bombín de la cerradura pues no sabe cuántas copias podrá haber.
Al final del contrato pone el bombín que acaba de quitar y se lo devuelve como lo recibió.
Saludos,