Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Buenos dias,
mi consulta es la siguiente:
en diciembre del 2009 alquilamos un piso. El alquiler es de 550 euros qu se le pagan al dueño cada mes. la comunidad la pagamos nosotros ya que asi lo acordamos en su momento. Quien nos pasa el cobro de la comunidad (92 euros) es la administradora de la urbanizacion. En el mes de Julio de este año (2010) nos pasa el cobro de la comunidad (sin previo aviso) y nos enteramos que ha subido a 111 euros al mes. ¿es legal esta subida? en el contrato no figura la cantidad que hemos de pagar de comunidad. Tengo entendido que la subida no puede superar el doble de la subida del ipc de la renta. Ni siquiera tengo claro que esto lo puedan hacer antes de cumplir un año en la vivienda.
Muchas gracias y un saludo.
está comentando varias irregularidades:
1- Para que el inquilino asuma el importe de la comunidad, el importe de ésta debe aparecer en el contrato. Si no, no es válida.
2-La actualización de dichos gastos se realizará anualmente
3-el incremento nunca podrá ser superior al doble del incremento de la renta para dicho periodo.
(art. 20 de la LAU)