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Para evitar gastos bancarios, el administrador se ofreció a guardar el aval bancario exigido por el propietario, en su despacho. Nos ha hecho una papel en el que se registra el acuerdo. Mi pregunta es si este papel es suficiente (en caso de perderlo, también perdemos el dinero), o si el deber del administrador es ingresarlo en la Cámara de la Propiedad como se hace con la fianza.
No entiendo conmo se pueden evitar gastos bancarios "guardando el administrador el aval bancario" un aval bancario es un documento que debe estar a disposición del beneficiario de ese aval.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.